CONDICIONES LEGALES
El terminal se puede conectar directamente a la farmacia como parte de la operativa cotidiana del establecimiento, así como fuera de la farmacia como parte del sistema de pedidos por correo.
Si la terminal se utiliza como parte del sistema de pedidos por correo, puede ser abastecida por el propio personal de la farmacia. Simplemente es necesario asegurarse de que este método de recogida esté debidamente acordado con el paciente. Dado que, legalmente hablando, la dispensación del medicamento tiene lugar de antemano en las instalaciones de la farmacia, la entrega puede tener lugar como un paso posterior a través del terminal. A este respecto, deben ajustarse en consecuencia los procesos del Sistema de Gestión de Calidad de la farmacia; por ejemplo, con respecto a qué entregas no son adecuadas mediante esta vía. En un paso posterior, también se puede considerar la posibilidad de recoger los pedidos de medicamentos en la terminal al mismo tiempo.
Si la terminal se utiliza en el contexto de un sistema de pedidos por correo, no entra en conflicto con las disposiciones del art. 24 del ApoBetrO (Reglamento de Funcionamiento de las Farmacias). Por último, también es posible que la terminal no sea instalada por la farmacia, sino por un tercero, como un municipio. En este caso, se debe garantizar un acuerdo correspondiente entre la farmacia por un lado y el operador de la terminal por otro de que la entrega a través de la terminal está de acuerdo con los requisitos de la jurisprudencia establecida por el BVerwG (Tribunal Federal Administrativo). También deberá garantizarse que la retirada real de los medicamentos incluidos en el sistema se documente de manera que quede a disposición de la farmacia.
El uso del punto de recogida está de acuerdo con lo establecido en el art. 17 del ApoBetrO.
(Fuente: opinión de los expertos Dr. Douglas von Friedrich, Graf von Westphalen & Partner mbH).